ONU: DECLARACION SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, 12 AÑOS DEL INICIO DE UN CAMINO

 

Por Observatorio Regional de DDHH y Pueblos Indigenas, Nina JARAMILLO – Marcelo F. LEZCANO

El 13 de septiembre de 2007, en el seno de las Naciones Unidas, se aprobó la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas.

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La aprobacion de la Declaracion, dio inicio a nuevo camino de los derechos colectivos de los pueblos indigenas en el mundo

Luego de 20 años de negociaciones con los Estados parte del Mecanismo Mundial, las autoridades y referentes de los pueblos indígenas en el mundo, lograron la aprobación del citado instrumento internacional que reconoce sus derechos colectivos.

A continuacion, compartimos un video realizado por la ONU, que recuerda los 10 años de la Declaracion: 

Al sancionarse la Declaración de ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas, la Asamblea General de la ONU, en su preámbulo afirma que los pueblos indígenas son iguales a todos los demás pueblos y reconociendo al mismo tiempo el dere­cho de todos los pueblos a ser diferentes.

Y ante el hecho de que los pueblos indígenas hayan sufrido injusticias históricas como resultado, entre otras cosas, de la colonización y enajenación de sus tierras, territorios y recursos, lo que les ha impedido ejercer, en particu­lar, sus derechos.

Extractos de la Declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas:

  • Los indígenas tienen derecho, como pueblos o como personas, al disfrute pleno de todos los derechos humanos y las libertades fundamentales. 1.
  • Los pueblos indígenas tienen derecho a la libre determinación. 3.
  • derecho a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales. A 5.
  • Las personas indígenas tienen derecho a la vida, la integridad física y mental, la libertad y la seguridad de la persona. 7.
  • Los pueblos y las personas indígenas tienen derecho a pertenecer a una comunidad o nación indígena, de conformidad con las tradiciones y costumbres de la comunidad o nación de que se trate. 9.
  • A no ser desplazados por la fuerza de sus tierras o territorios. 10
  • derecho a mantener, proteger y desarrollar las manifestaciones pasadas, presentes y futuras de sus culturas.
  • derecho a establecer y controlar sus sistemas e instituciones docentes que impar­tan educación en sus propios idiomas.
  • medidas especiales para asegurar el mejoramiento continuo de sus condiciones económicas y sociales.
  • de­recho al desarrollo
  • derecho a sus propias medicinas tradicionales y a mantener sus prácticas de salud.
  • derecho a mantener y fortalecer su propia relación espiritual con las tierras, territorios, aguas, mares costeros y otros recursos.
  • derecho a las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocu­pado o de otra forma utilizado o adquirido.
  • derecho a mantener, controlar, proteger y desarrollar su patrimonio cultural, sus conocimientos tradicionales.

La Declaración, no es un documento de carácter obligacional. Pero el referido instrumento, no pueden ser etiquetados de extraños por los Estados, ante la ausencia de ese caracter. Dado que ellos (los Estados), con su voto afirmativo (caso de Argentina), han adoptados presupuestos mínimos, que deben reflejarse en sus sistemas normativos internos.

Por ultimo, invitamos a leer la Declaracion de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indigenas.

Un comentario sobre "ONU: DECLARACION SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS, 12 AÑOS DEL INICIO DE UN CAMINO"

  1. Agradecido por enviar importante informacion de derechos indigenas:
    Es fe suma importancia dar dufusion y conocimiento, esto hara que se pueda ejercerlo en las cuestiones practicas, donde exista violacion de nuestros derechos fundamentales.
    Enrique

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